martes, 15 de julio de 2008

Que el miedo no te paralice: ¡DENUNCIA!



Llama al 149 atendido por Carabineros gratis desde red fija y celulares en todo el país.

He aquí algunas importantes respuestas que toda mujer debe conocer sobre el maltrato y la violencia intrafamiliar:

¿Cómo denunciar la violencia en el espacio intrafamiliar (VIF)?
Puedes hacer la denuncia en juzgados de familia, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones. En caso de lesiones, amenazas de muerte o violación, puedes denunciar directamente en la Fiscalía o Ministerio Público.


¿Es necesario contar con pruebas o documentos para denunciar?
No. Para hacer este trámite no es necesario contar con un documento que certifique la agresión. Basta con el testimonio de la víctima para cursar la denuncia.


¿Quién puede realizar la denuncia?
La víctima o cualquier persona que conozca los hechos, sea un familiar, una amiga, una vecina o vecino.

En el año 2006 se denunciaron 14.688 delitos sexuales en Chile, lo que equivale a 40 delitos sexuales diarios, uno cada 36 minutos. La mayoría de estos delitos son cometidos por hombres contra mujeres y niñas.


¿Puedes denunciar si no estás viviendo con el agresor?
Sí. Puedes realizar denuncias contra de tu marido o ex marido, conviviente o ex conviviente. Incluso puedes denunciar a tu pololo o ex esposo o ex pololo, siempre y cuando existan hijos/as en común.

La Ley VIF también protege al padre y a la madre de la violencia ejercida por los hijos, a los hijos e hijas que son agredidos por sus padres, o a cualquier miembro de la familia que sea agredido por un tío, hermano, cuñado, suegro, nieto y/o abuelo.


¿Qué tipo de medidas de protección puede dictar él o la jueza?
El Juez o Jueza tiene el deber de otorgar medidas de protección a la víctima, como las siguientes:
o Prohibir, restringir o limitar la presencia del agresor en el hogar común.
o Ordenar el reintegro al hogar de quien injustificadamente haya sido obligado/a a abandonarlo.
o Prohibir o limitar la presencia del ofensor en el lugar de trabajo de la denunciante.
o Prohibir a quien ejerce la violencia acercarse al establecimiento educacional donde asisten sus hijo/as.
o Prohibir al agresor portar armas de fuego.


¿Cómo actuar si el agresor no respeta la medida de protección decretada por el juez o jueza?

Es importantísimo llamar a Carabineros, ya que ellos tienen la obligación de detener al agresor que incumpla las órdenes del Tribunal de Familia o del Fiscal que investigue el caso. Es recomendable tener a mano una copia de la resolución judicial que indica la medida de protección para mostrársela a Carabineros y agilizar su trabajo.

El juez o jueza podrá ordenar el arresto hasta por 15 días del agresor que incumpla las medidas de protección. Mientras, envía los antecedentes al Ministerio Público para que éste sancione al agresor con una pena de cárcel que puede ir de 541 días a cinco años y un día, dependiendo del caso.

¿Qué pasos siguen a la denuncia por Violencia Intra Familiar (VIF) en el JUZGADO DE FAMILIA?

Una vez presentada la denuncia en los Tribunales de Familia, existen dos pasos fundamentales: la AUDIENCIA PREPARATORIA y la AUDIENCIA DE JUICIO.

En la AUDIENCIA PREPARATORIA el juez o jueza cita a al agresor y la víctima. En esta oportunidad la mujer violentada debe contarle al juez o jueza lo sucedido y ofrecer pruebas. Ojo, no presentar las pruebas, sino incluirlas en el proceso. El juez o jueza puede, asimismo, solicitar las pruebas que estime conveniente.

Si el Tribunal de Familia estima que está en presencia de Maltrato Constitutivo de Violencia Intrafamiliar, las partes serán citadas a una AUDIENCIA DE JUICIO donde se presentarán las pruebas para corroborar lo dicho en la denuncia y se dictará la sentencia.

Si el juez o la jueza determina que se está en presencia del Delito de Maltrato Habitual, que tiene que ver con el número de agresiones, así como con la proximidad temporal de las mismas, los antecedentes del caso serán enviados al Ministerio Público, donde continuará la investigación y se dictará la sentencia.

¿Necesitas un abogado/a para presentar la denuncia ante el JUZGADO DE FAMILIA?


NO. Puedes presentar la denuncia sin abogado. Pero si en la audiencia preparatoria, el demandado se presenta con abogado, puedes pedir que se suspenda la audiencia y que nombren a un abogado para asegurar igualdad de condiciones ante la jueza o juez.

¿Qué pruebas necesitas para el juicio por Violencia Intrafamiliar ante el JUZGADO DE FAMILIA?


Videos, constatación de lesiones (entregadas en los servicios de salud), informes psicológicos, informes sociales y/o declaraciones de testigos. Puede atestiguar cualquier persona que conozca o haya visto el maltrato o sus efectos, no importando la relación que tenga con la víctima. Familiares, amigos o vecinos pueden testificar.

¿Cuál es la sanción al Maltrato Constitutivo de Violencia Intrafamiliar?


Una multa que va de media Unidad Tributaria Mensual (16.000 pesos) a quince UTM (480.000 pesos) que irá en ayuda de los centros de atención a víctimas de VIF. Además, se podrán decretar MEDIDAS ACCESORIAS para la protección de la víctimas que regirán por un mínimo de seis meses y un máximo de un año, pero que podrán extenderse si así se lo solicita al juez.

Las MEDIDAS ACCESORIAS son las mismas MEDIDAS DE PROTECCIÓN:

o Prohibir, restringir o limitar la presencia del agresor en el hogar común.
o Ordenar el reintegro al hogar de quien injustificadamente haya sido obligado/a a abandonarlo.
o Prohibir o limitar la presencia del ofensor en el lugar de trabajo de la denunciante.
o Prohibir a quien ejerce la violencia acercarse al establecimiento educacional donde asisten sus hijo/as.
o Prohibir al agresor portar armas de fuego

Si el agresor intenta quebrantar las MEDIDAS ACCESORIAS puede ser encarcelado, tal como ocurre si rompe las medidas de protección.

CAMPAÑA NACIONAL ¡CUIDADO! EL MACHISMO MATA
SI TOCAN A UNA, TOCAN A TODAS

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