viernes, 12 de diciembre de 2008

jueves, 27 de noviembre de 2008

Marcha y memorial por la Eliminación de la violencia contra las mujeres



Escrito por Hortencia Hidalgo


Con motivo de conmemorar el Día Internacional de la No Violencia hacia la Mujer, diversas organizaciones participaron de actividades.


La mujeres y hombres de Arica y Parinacota, no estuvieron ausentes de las diversas actividades que en forma coordinada convocaron a nivel nacional la Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual, junto a las organizaciones que la componen.


A las 20:30 se tomaron 21 de mayo marchando con lienzos, pancartas, con material de la campaña contra la violencia a la mujer ¡Cuidado el machismo mata!. Entonando consignas alusiva al respeto de los derechos de las mujeres, como: ¡Basta de Femicidios, Basta de impunidad, Ni una mujer menos, Ni una muerta más! – Ni Flores, Ni cena, Castigo a los agresores- ¡Por la vida de las mujeres ni un una muerta más!- ¡Quien ama, no mata, no humilla, ni maltrata!, entre otras.


Llegando a 21 de mayo pasado Prat, se instaló el memorial que junto a muchos zapatos, velas y los nombres de las mujeres asesinadas llenaron de reflexión la noche. Las y los presentes iban leyendo cada uno el nombre de cada una de las mujeres asesinadas durante este año 2008 y 2007.





lunes, 24 de noviembre de 2008

25 DE NOVIEMBRE: ¡BASTA DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES!


Diversas organizaciones a nivel nacional preparan actividades en repudio del femicidio en el Día Internacional para la Eliminación de la Violencia hacia la Mujer

La Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual, la Red de mujeres de Arica y Parinacota, CEDEMU, SERPAJ, Coordinadora de mujer indígena rural y urbana de la región Arica – Parinacota, Colectivo espiritualidad matrística Lilith, Juntos por la Vida, Organización de mujeres Wawanakasa, Juventud Socialista (JS), juventud Comunista (JC), Brigay, Centro de comunicación e investigación indígena chaskinayrampi. Convocan a mujeres y hombres a manifestar repudio al femicidio y toda forma de violencia contra las mujeres, el día martes 25 de noviembre con una marcha y un memorial.


¡55 mujeres han sido asesinadas en lo que llevamos de 2008!

El femicidio es violencia extrema contra las mujeres que en formas prácticas y simbólicas nos afecta a todas. Son crímenes y delitos en cuyos motivos para delinquir muestran su afán de dominio, control y ejercicio de poder sobre los cuerpos y las vidas de las mujeres: los celos, la decisión de una mujer de terminar una relación, la negativa a tener relaciones sexuales, la independencia y la autonomía son severamente castigadas incluso hasta la muerte. No son sicópatas, son hombres ‘normales’ en una cultura patriarcal que los avala.

¡BASTA DE INDIFERENCIA, BASTA DE IMPUNIDAD!

Compete a las instituciones del Estado detener esta violación sistemática a los derechos humanos de las mujeres otorgando protección eficaz y justicia; y a la sociedad en su conjunto hacerse cargo de las transformaciones necesarias para erradicar este tipo particular de violencia que sostiene la discriminación hacia las mujeres.

¡CON LUTO Y CON RABIA!

En Arica, la acción pública se realizará en 21 de mayo con un marcha que partirá de Lynch con 21 de mayo, llegaremos a 21 de mayo pasado Prat, a los pies del Edificio Empresarial. Encenderemos antorchas y velas en memoria de las mujeres asesinadas y utilizaremos nuestros lienzos: CON LUTO Y CON RABIA y todo el material acumulado en lo que llevamos de la campaña ¡CUIDADO! EL MACHISMO MATA, además de las pancartas y lienzos de las organizaciones.

Te invitamos a sumarte, puedes obtener mayor información al mail nomasviolenciacontralasmujeres@gmail.com redomap@gmail.com o a los teléfonos 09/96978567 – 09/9968127

domingo, 28 de septiembre de 2008

Mujeres Deciden que es Tiempo de Participar e Incidir


Mujeres organizadas de Arica realizarán el sábado 27 un debate – foro con los candidatos a alcalde y a los candidatos y candidatas a concejal y concejalas.

Por Hortencia Hidalgo



La Red de Mujeres de Arica – Parinacota y la Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual tiene todo preparado para el esperado Foro Debate de participación social política de las mujeres de Arica. A efectuarse el día sábado 27 de septiembre del presente, en el Hotel del Valle.


La cita con las mujeres que quieren participar es a las 14:30 horas. L@s candidat@s a concejal@s intervendrán a 15.00 hrs. y el segundo bloque le corresponderá a los candidatos alcaldes a las 17:00 hrs.


Ya está confirmada la participación de los 4 candidatos a alcalde, En el caso de l@s candidat@s a concejal@s, solo falta que confirme el Pacto Alianza. De sus 8 candidat@s, solo Carmen Araya Caneo, está confirmada. Hacemos un llamado a participar y no excluirse de esta gran oportunidad de escuchar las propuestas y preguntas de las mujeres organizadas de Arica.


El día martes 23 realizamos la jornada de participación social y política de las mujeres, instancia en que nos organizamos y dejamos claras las funciones del alcalde y de l@s concejal@s, además compartimos las preocupaciones y demandas de las mujeres.


Te invitamos a participar de este ejercicio ciudadano. ¡Recuerda!; un voto informado es un voto consciente.


Contacto: 213912 - 226165 – 218113 Cel: 96978567 - 99968127 – 88929802 - nomasviolenciacontralasmujeres@gmail.com redomap@gmail.com http://www.nomasviolenciaarica-parinacota.blogspot.com/



martes, 16 de septiembre de 2008

Jornada de participación social y política de las mujeres Arica – Parinacota




INVITACIÓN



Estimadas amigas:

La Red de Mujeres Arica – Parinacota y la Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual
. Saluda afectuosamente y tiene el agrado de invitarlas a la Jornada de participación social y política de las mujeres Arica – Parinacota. A efectuarse el día martes 23 de septiembre del presente. En el Hotel del Valle desde las 9: 00 a las 17:00 hrs.


Esperando contar con su valiosa participación, las saludan cordialmente a Usted.



La Red de Mujeres Arica – Parinacota

Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual




Arica, Septiembre del 2008




Deben confirmar a los siguientes contactos:

Fono: 213912 - 226165 – 218113

Cel: 99968127 – 88929802 - 96978567
email: nomasviolenciacontralasmujeres@gmail.com



lunes, 15 de septiembre de 2008

Lanzan campaña pública: “Mujeres migrantes, Mujeres con derechos”



Con spots de radio, guía informativa y afiches callejeros septiembre será el mes de los derechos de las y los migrantes.-


En conferencia de prensa, la Fundación Instituto de la Mujer lanzó este miércoles la segunda versión de la campaña “MUJERES MIGRANTES, MUJERES DE CHILE” cuyo propósito es dar a conocer, durante septiembre, los servicios a los que tienen derecho las y los migrantes, y así evitar abusos y discriminaciones, principalmente en el acceso a salud, educación y trabajo. Este año el slogan es “MUJERES MIGRANTES, MUJERES CON DERECHOS” en alusión a la necesaria promoción de su ejercicio.


La iniciativa cuenta con el apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) agencia asociada al sistema de Naciones Unidas en Chile, y de Oxfam. Colaboran con ella Liliana García, Héctor Noguera y Claudia Pérez, destacados artistas del medio nacional.


La campaña considera nueve spots radiales que se emitirán a través de Radio Bío Bío, Radio Tierra y de la Asociación Nacional de Radios Comunitarias y Ciudadanas de Chile. Además se distribuirán do mil afiches de gran formato y mil guías de apoyo con información sobre legislación migratoria, derechos laborales, acceso a salud y educación, prevención de violencia intrafamiliar, autocuidado, servicios públicos y organizaciones de ayuda.



Tras el proceso de regularización realizado entre noviembre y febrero pasados, las cifras oficiales muestran que hay 290.901 extranjeros residentes, provenientes -en su mayoría- de Perú, Argentina, Bolivia y Ecuador. El 52% del total de la población migrante en Chile son mujeres que inician el proyecto migratorio solas o con parte de sus familias. De allí que los expertos hablen de feminización de la migración y señalen las condiciones de vulnerabilidad social en el país de destino, como los principales factores que dificultan la integración.


En este contexto, las mujeres no sólo son las peor pagadas a la hora de conseguir trabajo, sino también son quienes más desconocen la legislación, los servicios públicos, y en general, sus derechos, siendo usualmente víctimas de abusos laborales y discriminación.


Aunque los extranjeros residentes apenas representan cerca del 1,8% de la población del país, una cifra muy menor en relación a los países europeos o de Norteamérica, la ausencia de una Política Migratoria integral, moderna e inclusiva preocupa a las organizaciones vinculadas al tema y demandan al Gobierno para que acelere el ingreso al Parlamento del proyecto de ley sobre migraciones, una deuda que se arrastra desde el gobierno de Lagos.


En efecto, si bien desde la recuperación de la democracia los gobiernos nacionales han avanzado en la implementación de medidas intersectoriales tendientes a dar cobertura de salud y educación, no es menos cierto que los resultados seguirán siendo parciales si Chile se abstiene de destinar los recursos necesarios para una adecuada gobernabilidad migratoria capaz de promover el respeto de los derechos humanos de todos quienes viven en su suelo.


Cabe señalar, que para la Organización Internacional de las Migraciones es fundamental que los procesos migratorios se desarrollen en un marco de dignidad, por lo cual, resulta muy importante apoyar este tipo de campañas que permitan acceder a los derechos que los inmigrantes tienen en Chile.


Para Oxfam, en tanto, los flujos migratorios son una preocupación clave, a nivel regional y global. Desde hace un par de años ha desarrollado campañas en esta línea y apoyando proyectos destinados a sensibilizar a diversos actores políticos y sociales con el fin de estimular el desarrollo de políticas coherentes que resguarden los derechos de las personas que viven y trabajan fuera de sus países de origen.





Cámara aprueba nuevo delito de femicidio




El texto será visto ahora por el Senado, en segundo trámite constitucional. Comparto lo resultados de hoy en el parlamento.

Por 98 votos, la Cámara aprobó el proyecto, originado en dos mociones refundidas, que modifica el Código Penal y el decreto ley N° 321, de 1925, para sancionar el femicidio, aumentar las penas aplicables a este delito y modificar normas sobre parricidio.

La iniciativa exime de responsabilidad criminal a quien obre violentado por una fuerza irresistible, impulsado por un miedo insuperable o bajo la amenaza de un mal grave e inminente.

Asimismo, se establece como uno de los componentes de la violación el uso de la violencia o intimidación.

En los delitos de violación o estupro, se establece como circunstancias agravantes que sean dos o más los autores del delito; y que se ejecuten con desprecio a la presencia de personas menores de edad.

Además, en los casos de violación y estupro, si el condenado es una de las personas llamadas por la ley a dar su autorización para que el menor pueda salir del país, se prescindirá de ella.

Parricidio y femicidio

El texto dispone que quien, conociendo las relaciones que los ligan, mate a su padre, madre o hijo, a cualquier otro de sus ascendientes o descendientes, será castigado como autor de parricidio, con la pena de presidio mayor en su grado máximo a presidio perpetuo calificado (15 a 40 años).

La misma pena se aplicará a quien, conociendo las relaciones que los ligan, mate a la persona de la que es o ha sido cónyuge o conviviente o con la que tiene un hijo en común. Esto podrá no ser aplicado respecto de quienes han cesado efectivamente su vida en común con, a lo menos, tres años de anterioridad a la ejecución del delito, salvo que existan hijos comunes.

Si la víctima de este delito es una mujer, el responsable será castigado como autor de femicidio.

También se dispone que no estarán exentos de responsabilidad criminal quienes realicen un delito que tenga por objeto afectar, destruir o inutilizar, maliciosamente, bienes de una persona con la que exista un vínculo matrimonial.

En el caso de provocar un incendio con la finalidad de destruir o inutilizar bienes de una persona con la que mantiene o ha mantenido una relación de convivencia o vínculo matrimonial, se aplicará la pena de prisión en su grado medio a máximo (21 a 60 días).

A la vez, se establece que si se cometen daños en bienes públicos o particulares con la finalidad de destruir o inutilizar bienes de una persona con la que mantiene o ha mantenido una relación de convivencia o vínculo matrimonial, se aplicará la pena de prisión en su grado medio a máximo (21 a 60 días).

Modificaciones a ley de violencia intrafamiliar

El proyecto también modifica la ley Nº 20.066, sobre Violencia Intrafamiliar, indicando que se presumirá que hay una situación de riesgo inminente, cuando el denunciado oponga, de manera violenta, su negativa a aceptar el término de una relación afectiva que ha mantenido recientemente con la víctima.

En el caso de una persona condenada por violencia intrafamiliar, el juez podrá establecer como medida accesoria la obligación de presentarse regularmente ante la unidad policial que determine el tribunal.

Se aumenta el periodo por el que se podrán fijar estas medidas accesorias, de uno a dos años.

En los delitos constitutivos de violencia intrafamiliar, el juez, para efectos de evaluar la irreprochable conducta anterior del imputado, deberá considerar las anotaciones que consten en el Registro de sanciones y medidas accesorias, que estará a cargo del Servicio de de
Por último, el texto indica que en los delitos constitutivos de violencia intrafamiliar, será circunstancia agravante que su ejecución se realice con ofensa o desprecio de la presencia de menores de edad.

Las Cinco Mujeres Indígenas Destacadas de la Región


Cinco mujeres indígenas fuimos homenajeadas y recibimos un hermoso y muy significativo regalo, lo que diferenció ésta de las habituales conmemoraciones donde el galvano o el diploma son lo típico.

http://www.elmorrocotudo.cl/admin/render/noticia/17060

Bartolina Sisa, la mujer a quien recordamos en el Día Internacional de la Mujer Indígena, comandaba de los ejércitos quechua-aymaras y se caracterizaba por la tenacidad y fuerza de una gran luchadora andina. Estas características siguen reflejadas en muchas lideresas indígenas que en estos tiempos reivindican los derechos fundamentales de los pueblos originarios.

La Ilustre Municipalidad de Arica, a través de la Oficina Comunal de la Mujer y la Familia, conmemoró el sábado en el Hotel Azapa Inn, este importante día.

El evento contó con la presencia de más de 200 mujeres Aymaras, quechua y mapuches, con quienes se trabajó en una jornada donde los discursos quedaron de lado y las propuestas de las mujeres para mejorar la situación de las indígenas fueron planteadas para realizar un plan de trabajo concreto con el material allí generado.

La cuota de emoción se vivió con la obra de teatro "Bartolina Sisa", la cual reflejó la vida y lucha de esta destacada mujer y a través del teatro las mujeres que no conocían la historia de la comandanta, pudieron comprender por qué conmemoramos internacionalmente este día.

Las homenajeadas

Cinco mujeres indígenas fuimos homenajeadas y recibimos un hermoso y muy significativo regalo, lo que diferenció ésta de las habituales conmemoraciones donde el galvano o el diploma son lo típico. Esta vez una manta o chal aymara realizados por tejedoras de nuestra etnia fue la sorpresa.

En esta ocasión Alejandra Aracena, manifestó:

"Estas mantas tejidas con las manos morenas de las mujeres aymaras, hechas en los telares, tienen historia, historia que ustedes construyen, y llevarán en sus hombros, al igual que la responsabilidad de seguir luchando por los derechos de pueblos indígenas.

Mujeres guardianas de la Pachamama, sigan preservando su cultura, sigan luchando por su territorio y por el cuidado de la biodiversidad. Sigan levantando su voz aunque a muchos no les guste, aunque muchos las critiquen y creen esteriotipos de las mujeres indígenas como sumisas y tranquilas, porque no lo son, ustedes son luchadores igual que Bartolina Sisa, Micaela Bastidas, Guacolda, Fresia, Anacaona, Maria Gregoria y muchas más que alzaron sus voces y sus luchas. Sigan luchando para no invisibilizar a las mujeres y dejar de lado la discriminación por ser mujeres, indígenas y muchas veces pobres".

Y las destacadas son...:

Silvia López Blanco: Dirigenta de la Comunidad Indígena Sucesión Blanco del territorio del Lago Chungara. Pertenece a la mesa de planificación local Lauca (Programa Origenes del BID). Dirigente del Consejo Autónomo Aymara y defensora de los derechos de los pueblos indígenas.

Julia Huanca Condori: Sabia mujer aymara (Qolliri) que practica la medicina indígena y a través de sus conocimientos ancestrales enseña a los guardianes de la Pachamama alumnos y alumnas del Instituto de las Ciencias, Culturas y Tecnologías Indígenas ¨Yatiña Uta¨. Además trabaja como Qolliri en el consultorio Bertin Soto, donde con sus conocimientos alivia a los enfermos.

Vilma Castro Condore: Mujer quechua que ha luchado por la defensa de su territorio, por el cuidado y protección de la biodiversidad, que pertenece a la comunidad Indígena de Surire.

Hortencia Hidalgo Caceres: Presidenta de la Coordinadora de la Mujer Indígena Rural y Urbana de la región. Es vocera del Consejo Autónomo aymara.
Coordinadora regional de la Red Chilena contra la violencia domestica y sexual,
punto focal en Chile de la Red de Mujeres Indígena sobre Biodiversidad. Profesora y especialista en Biodiversidad. En los espacios de la ONU y de la OEA participa defendiendo y realizando propuestas en defensa y promoción de los derechos fundamentales de los pueblos indígenas

Marisol Huanca: Pertenece al Villorio Inti Phaxi del Valle de Lluta y es parte de la Red de Mujeres Rurales y a la Asociación Markan Pachaqahantati.

Para cerrar este encuentro, las más de 200 mujeres participantes compartieron con alcalde suplente Waldo Sankán, un almuerzo típico Aymara.

Comparto con ustedes fotos del evento:


martes, 19 de agosto de 2008

ENCUENTRO - TALLER DE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES

La Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual y la Coordinadora de la mujer indígena rural y urbana de la región Arica Parinacota, realizaran este jueves 21 el Encuentro – Taller sobre violencia contra las mujeres.

El Encuentro –Taller se desarrollará de las 9.30 hasta las 17.30 hrs. Con objetivo de difundir el trabajo nacional de la Red Chilena contra la violencia sexual y domestica, estrechar lazos con las organizaciones de otras regiones y aportar al conocimiento del problema de la violencia contra las mujeres.

Este jueves será el gran día y contaremos con la presencia de Patricia Olea coordinadora nacional de la Red.

Este encuentro – taller servirá para fortalecer la articulación de las organizaciones que trabajan para contribuir a prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres, las niñas y el femicidio. Ello a través de realizar jornadas de trabajo con organizaciones en 9 regiones donde la Red mantiene vínculos, culminando el proceso con la organización de un gran Encuentro Nacional en Santiago donde participen representantes de las regiones involucradas y otras regiones interesadas en adherir a la articulación.
En el encuentro nacional esperamos contar con la participación de una teórica feminista internacional, experta en la problemática de violencia contra las mujeres.
Fortaleceremos los vínculos y el trabajo en red con las regiones participantes y así establecer coordinaciones regionales donde no existen y fortaleceremos el proceso de formación y capacitación en torno a la problemática de la violencia contra las mujeres y las niñas. Ademas articularemos una acción nacional para el 25 de noviembre, día internacional por la no violencia hacia las mujeres.


Este espacio servirá para actualizar información sobre avances y dificultades en la problemática de la violencia contra las mujeres a nivel nacional e internacional.




Mayor información: Hortencia Hidalgo. Coordinadora regional

Email:nomasviolenciacontralasmujeres@gmail.com hortenciahidalgo@gmail.com
Fono: 213912 Cel; 96978567
http://www.nomasviolenciaarica-parinacota.blogspot.com/
http://www.nomasviolenciacontramujeres.cl/



Programa



Encuentro Regional Arica y Parinacota
21 de Agosto de 2008




Mañana:

9:00 - 9:30 Inscripciones y entrega de carpeta con materiales.

9:30 - 9:35 Bienvenida a las participantes.

9:50 - 10:15 Presentaciones de las participantes.

10:15 - 10:25 Presentación de la Red.

10:25 - 11:10 Tema “Análisis de la violencia contra las mujeres como un problema social y político”.

11:10 - 11:45 Trabajo de grupo

11:45 - 12:00 Pausa

12:00 - 13:00 Plenario y síntesis

13:00 - 14:00 Almuerzo

Tarde:

14:00 - 15:00 Presentación de la campaña
¡CUIDADO! EL MACHISMO MATA, 2007 - 2008

15:00 - 16:00 Proyecciones de trabajo conjunto.

16:00 - 16:30 Evaluación

16:30 - 17:30 Cierre



lunes, 4 de agosto de 2008

Recomendaciones para el tratamiento de la violencia contra las mujeres en los medios de comunicación


Los medios de comunicación muchas veces se refieren de mal manera a la violencia contra las mujeres, aquí algunas recomendaciones que servirán para una mejor comunicación.


Los términos "violencia de género", "violencia machista", "violencia sexista" y "violencia masculina contra las mujeres " se ajustan a la realidad del problema que estamos tratando. Las expresiones "violencia conyugal", "violencia de pareja" y "violencia intrafamiliar" no permiten identificar a los sujetos implicados en este tipo de violencia, factor clave para su comprensión. Son mujeres las agredidas y hombres los agresores.

La violencia de género no es un suceso, sino un grave problema social y de derechos humanos. Por ello, requiere de un tratamiento serio e informado. Se recomienda no publicar fotos ni detalles morbosos que impidan su reconocimiento. No confundir jamás el morbo con el interés social (evitar detalles escabrosos: por ejemplo, especificar el número de puñaladas, etc).

Evitar el "efecto narcotizante". Informar un día tras otro sobre violencia contra las mujeres puede resultar narcotizante y hace verla como algo “normal”. Por eso, hay que buscar tratamientos informativos que ayuden a desnormalizarla / desnaturalizarla.

No “patologizar” a los agresores y femicidas. No son enfermos, SON DELINCUENTES. Explicar los actos de violencia contra las mujeres en “arranques de celos”, “pasiones”, alcoholismo o drogas encubre y justifica estas acciones criminales. La causa de la violencia de género es el control y el dominio que determinados hombres ejercen contra las mujeres.

Es necesario consultar todas las fuentes, pero también considerar que las declaraciones de los vecinos o vecinas del tipo "era una pareja normal" o "tenían discusiones normales", hablan de una apariencia común a los agresores. La mayoría de las veces estos tienen irreprochable conducta en el trabajo, con los amigos y en otros espacios sociales.

Priorizar como informantes a personas que trabajan por la erradicación del problema y pueden contextualizar los hechos. Dar seguimiento a la información proporcionada por fuentes policiales y de la investigación y a los resultados del juicio.

Se recomienda no incluir información que pueda perjudicar a las afectadas o a su entorno. Al incluir testimonios de víctimas de violencia, procurar que no se encuentren en situación de riesgo o bajo cualquier tipo de presión.

Es urgente denunciar toda forma de violencia contra las mujeres y no solo aquella con resultado de muerte. Este tipo de violencia se sabe donde comienza pero no donde termina.

Es importante incluir datos de organismos que apoyen y asesoren a las mujeres que sufren violencia o cualquier otra información que les resulte útil.

La prensa tiene una gran responsabilidad en los cambios culturales que requiere la erradicación de la violencia contra las mujeres. Es importante entregar información que permita conocer de las mujeres que han logrado salir del círculo de la violencia como de aquellas que rechazaron desde el principio las agresiones y la dominación por parte de sus parejas.

jueves, 31 de julio de 2008

Partió la Campaña contra el Femicidio ¡Cuidado, el Machismo mata!


El jueves 24 de julio se realizó a nivel nacional el lanzamiento de la campaña contra el Femicidio ¡Cuidado, El Machismo mata!. Por Hortencia Hidalgo



Arica no estuvo ausente de la campaña "¡Cuidado, el Machismo Mata!" y la actividad de lanzamiento de la campaña se desarrolló en la plaza Colón, con el memorial a las victimas de femicidio 2007 – 2008.




Fue una noche de luto y rabia, los y las presentes alzaron las voces por aquellas mujeres ausentes, que perdieron la vida en manos de femicidas.



Hacemos un llamado a las mujeres a no tolerar ninguna forma de machismo, abuso y agresión. A todos los sectores sociales, culturales y políticos, a no ser cómplices repudiando toda violencia en contra de las mujeres.



A las instituciones públicas, a avanzar en políticas coherentes, coordinadas y con recursos para dar protección eficaz y oportuna a las mujeres: y a proveer servicios de calidad, condiciones materiales y reparación que refuercen su condición de sujetas con poder de decisión sobre sus vidas.



LEY Nº 20.005 QUE TIPIFICA Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL EN EL ESPACIO LABORAL.



Luego de 10 años de tramitación, en el año 2005 se aprobó esta legislación que define el acoso sexual en el trabajo como una falta, y no como un delito. En consecuencia, su sanción solo es de carácter administrativo: amonestación, verbal o escrita, o multa de hasta el 25% de la remuneración diaria del trabajador denunciado. El empleador tiene la facultad de invocar como causal de caducidad del contrato la realización de conductas de acoso sexual; sin embargo, esto no es una obligación ni siquiera en casos graves y reiterados de hostigamiento sexual.



Durante el 2006, la Dirección del Trabajo informa que se conocieron 321 denuncias por acoso sexual. El 98% de ellas presentadas por mujeres. Los empleadores y/o superiores jerárquicos representan el 48,9% de los acosadores.



Esta legislación no considera la eventual existencia de una relación jerárquica entre el acosador y la acosada. Al mismo tiempo, delega en las propias empresas las funciones de investigación y sanción.



La ley solo establece como marco para la investigación interna que sea llevada por escrito, se oiga a ambas partes y que éstas fundamenten sus dichos, sin que exista referencia alguna a la idoneidad o imparcialidad de quien realiza la investigación.



Cuando el acosador es el empleador, las mujeres tienen pocas posibilidades de mantener el empleo y de obtener una indemnización.



La evaluación realizada en la Dirección del Trabajo en el año 2006 concluye que: “En los dos años de aplicación de la ley se han consignando casos en que la sanción al responsable de acoso ha sido menor, produciéndose luego la renuncia voluntaria de la trabajadora víctima, o incluso su despido de acuerdo a la causal del artículo 161 del Código del Trabajo (necesidades de la empresa)”.



Frente a la “renuncia voluntaria”, la víctima tiene derecho a indemnización aumentada hasta en un 80%. Sin embargo, esta responsabilidad existirá sólo cuando el empleador no hubiera observado el procedimiento de investigación y sanción del acoso sexual. Dado que él es juez y parte en este proceso difícilmente se podrá probar que la investigación realizada no es idónea.



DELITOS SEXUALES



En materia penal, como resultado de la reforma a la ley de delitos sexuales implementada en los años noventa, se ampliaron los actos constitutivos de violación, se derogó la extinción de responsabilidad que liberaba al violador si se casaba con la víctima, se eliminó el lenguaje alusivo a la “honestidad sexual” y tipos penales relativos a esta condición, y se tipificó la violación en el matrimonio.



Sin embargo, se mantuvo en la definición de violación el concepto de “acceso carnal”, con lo cual otras formas de invasión sexual al cuerpo de las mujeres – dedos u objetos – no califican en este tipo penal y tienen una pena menor. Esto es particularmente grave en el caso de las niñas: se habla de abuso sexual y no de violación.


Respecto de la violación en el matrimonio, la ley dispone que el juez no de curso al procedimiento o dicte sobreseimiento definitivo si no ha habido fuerza o intimidación; dado el grado de naturalización de la violencia sexual en las relaciones de pareja, el juzgamiento de este delito en estas condiciones resulta prácticamente imposible.



Tanto en la denuncia como en los procesos judiciales, los funcionarios policiales y los administradores de justicia ponen en duda su testimonio, revisan su historia de vida y su comportamiento, otorgan especial importancia a la resistencia activa a la agresión y que haya mediado en ésta el “uso manifiesto de la fuerza”.



En los juicios de violencia sexual, no sólo el comportamiento masculino es juzgado; lo es también la conducta de las víctimas . La ley establece una gradación de la castidad y la condición moral de las mujeres; a partir de los 14 años, en el caso chileno, esta debe ser demostrada.



La revisión hasta aquí realizada de la Ley VIF, de la Ley de Acoso Sexual y del Título de Delitos Sexuales muestra que las mujeres que viven violencia, en alguna de las manifestaciones cubiertas por estas legislaciones, enfrentan graves obstáculos para acceder a la justicia.



Una respuesta judicial efectiva frente a actos de violencia contra las mujeres comprende la obligación de hacer accesibles recursos judiciales sencillos, rápidos, idóneos e imparciales de manera no discriminatoria, para investigar, sancionar y reparar estos actos, y prevenir de esta manera la impunidad. (CIDH).



La tardanza judicial y la falta de juzgamiento y condena del responsable constituyen un acto de tolerancia por parte del Estado de la violencia. El patrón general de negligencia y falta de efectividad del Estado para procesar y condena a los agresores, no sólo viola la obligación de procesar y condenar, sino también la de prevenir estas conductas degradantes.



El Estado chileno por acción y omisión, no está dando respuestas a la violencia contra las mujeres. El resultado de una legislación deficiente y de su mala aplicación es impunidad para los agresores y denegación de justicia para las mujeres. Chile debe sumarse a la discusión internacional, que ya se ha concretado en países como España y Suecia, de formular una legislación integral sobre violencia contra las mujeres que tipifique y sancione sus diversas manifestaciones y las conexiones entre ellas.



Este compromiso con la vida y los derechos humanos de las mujeres requiere que el Estado chileno ratifique el Estatuto de la Corte Penal Internacional y el Protocolo Facultativo de la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

miércoles, 23 de julio de 2008

LEGISLACIÓN NACIONAL: TRABAS EN EL ACCESO A LA JUSTICIA PARA LAS MUJERES


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha verificado que las leyes en general todavía se concentran primordialmente en la violencia doméstica e intrafamiliar, y no abarcan las diversas manifestaciones de violencia que se cometen contra las mujeres así como los contextos en que tales hechos ocurren además del familiar. (CIDH).

Chile es uno de los países de la región latinoamericana cuya legislación muestra las falencias detectadas por la CIDH en el acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia en las Américas. En efecto, el país no cuenta con una legislación sobre violencia contra las mujeres; las leyes que abordan algunas de sus manifestaciones están diseminadas en diferentes cuerpos legales sin conexión entre ellas. Entre otras, éstas son la ley 20.066 contra la violencia intrafamiliar, la ley que tipifica y sanciona el acoso sexual en el espacio laboral, y la modificación del título de Delitos Sexuales en el Código Penal.

Ley VIF 20.066

Esta ley, promulgada en 2005, fue considerada un avance respecto de la legislación anterior porque tipificó el delito de maltrato habitual y estableció medidas de protección a las personas ante el riesgo inminente de producirse nuevos hechos de violencia. Sin embargo, existen graves falencias tanto en la concepción de la ley como en su aplicación que redundan en desprotección de la vida e integridad de las mujeres

La ley no contempla la protección de las mujeres que viven violencia en sus relaciones de pololeo.

La ley de violencia intrafamiliar tiene como ámbito únicamente el maltrato entre parejas o ex-parejas, y no incluye aquellas relaciones íntimas como el pololeo en las que no existe relación de convivencia e hijos/as en común. Los pocos estudios realizados en el país muestran que las jóvenes con mayor frecuencia de la que se reconoce viven violencia por parte de sus pololos.



Una investigación realizada en Santiago reveló que el 11% de las jóvenes reconoce haber sido forzada a tener relaciones sexuales y el 28,2% afirma haber tenido relaciones con el pololo sin desearlo, sólo por temor a la reacción que éste pudiera tener. (La Tercera).

En marzo del 2007, se presentó un Proyecto de ley dirigido a incluir en el ámbito de protección la ley 20.066 “aquellas relaciones afectivas en las cuales no exista convivencia ni hijos comunes, pero existan fuertes lazos de afectividad que apuntan a la construcción del concepto de familia”. La Comisión de Constitución del Senado solicitó opinión a la Corte Suprema que no consideró adecuado ampliar el concepto de violencia intrafamiliar a las relaciones de pololeo:

“la inclusión de personas que estén o hayan estado ligadas al ofensor por una relación equivalente de afectividad aún sin convivencia, no parece adecuada, pues amplía el concepto de violencia intrafamiliar a un ámbito que excede de lo que razonablemente puede estimarse como propiamente intrafamiliar... Esto conllevaría la judicialización de conflictos personales de escasa relevancia jurídica, con consecuencias perjudiciales tanto para los particulares que serán arrastrados a ellos como para los tribunales que verán aumentar considerablemente su ingreso con causas de tal naturaleza”.

La incomprensión del fenómeno de violencia contra las mujeres por parte de legisladores y jueces redunda en la desprotección de vida de las jóvenes. Estos “conflictos personales de escasa relevancia jurídica” fueron la causa, en el año 2007, del 10% de los femicidio.


El mal funcionamiento de los Tribunales de Familia pone en riesgo la vida de las mujeres que denuncian violencia intrafamiliar.

Los Tribunales están colapsados desde el comienzo de su funcionamiento. Razones sobran: entre ellas, la sub-estimación del número de causas, la carencia de personal suficiente, y recursos económicos limitados para la implementación de esta reforma a la justicia de familia.


La violencia intrafamiliar es la segunda causa de ingresos y, según la ley 19.968 que crea los Tribunales de Familia, “recibida la demanda o denuncia, el juez citará a las partes a la audiencia preparatoria, la que deberá efectuarse dentro de los diez días siguientes” (Art. 95). Sin embargo, los tiempos de espera de las mujeres son mucho más largos y la desprotección en que ellas quedan puede costarles la vida:


Katherine Casa-Cordero fue asesinada en septiembre de 2007 por su ex pareja Marcelo Omar Ponce. Ella había puesto dos denuncias por violencia intrafamiliar en julio y agosto respectivamente. Fue citada a comparendo para mediados de octubre. “Le tuvimos que dar fecha (de audiencia) para tres meses, cuando la ley dice que tenemos que darle fecha para 10 días en la violencia intrafamiliar, y eso es porque estamos absolutamente colapsados, porque el sistema se diseñó mal, y no se cuenta con todos los medios para prestar la ayuda que la gente necesita", explicó la jueza de familia Amalia Negroni.


La mayoría de los casos de violencia contra las mujeres tramitados ante los Tribunales de Familia se resuelve por la vía de la suspensión condicional de la dictación de la sentencia, es decir, no se sanciona al agresor y se le da una nueva oportunidad.

La Ley 20.066 faculta a los Tribunales de Familia para conocer los casos de violencia intrafamiliar que no constituyen delitos, es decir, la violencia psicológica y la violencia física sin lesiones. Una forma de término de los proceso es la suspensión condicional de la dictación de sentencia que supone que el agresor reconozca los hechos de violencia que se le imputan y se comprometa a no repetirlos, y requiere el acuerdo de la mujer agredida. Este es un recurso que la propia ley define como excepcional. El abuso en su utilización por parte de los jueces y juezas de familia desprotege a las mujeres porque el reconocimiento de la violencia no es garantía para que ésta no se vuelva a producir.

El año 2005, Cristina Tapia había iniciado un proceso en contra de su pareja Pablo Sanhueza Zapata por amenazas con arma de fuego. El 2 de abril de 2008, fue asesinada a tiros por este sujeto. El femicida había cumplido con todas las exigencias del tribunal; sin embargo, al momento del asesinato tenía en su poder una pistola y dos rifles.


Las mujeres que viven maltrato habitual no pueden denunciar sus casos directamente en Fiscalía. Obligatoriamente estos deben ser calificados primero por un Tribunal de Familia. Este requisito no existe en otro tipo de delitos y se ha convertido en un obstáculo en el acceso a la justicia para las mujeres.

La Ley 20.066 tipifica el delito de maltrato habitual, entendiendo por habitualidad el número de actos de violencia ejecutado y la proximidad temporal de los mismos. Dado
el colapso de los Tribunales de familia, las mujeres deben esperar entre 2 y 4 meses para acceder a la audiencia en que se califica el caso como maltrato habitual. Recién entonces el juez o jueza se declara incompetente y remite el expediente al Ministerio Público.

Los jueces y juezas de familia no comparten los mismos criterios en el establecimiento de la habitualidad como lo muestra un estudio sobre la aplicación del delito de violencia habitual y su impacto en la protección de las mujeres. Para algunos/as, se requiere ponderar el nivel de daño de la víctima; otros, consideran la existencia previa de denuncias de violencia; y hay quienes toman en cuenta condenas anteriores por este tipo de actos. Las mujeres verán resueltas sus demandas según la apreciación del juez o jueza que la tramite.

En el 50% de los casos remitidos por los Tribunales de Familia, el Ministerio Público desestima la investigación.

Las causas desestimadas no son remitidas por la Fiscalía a los Tribunales de Familia. No existe procedimiento establecido para ello. Las mujeres deben ser sometidas a nuevos hechos de violencia para iniciar un nuevo proceso judicial. Por tanto, ellas quedan sin protección y sin justicia.

Violencia contra las Mujeres


Un continuo de descalificaciones, malos tratos, abusos, amenazas, violencia sexual con resultado de muerte en muchos casos.

En la mayoría de los 66 femicidios reportados en 2007, el agresor era pareja o ex pareja de la víctima y los antecedentes muestran que estos asesinatos fueron la culminación de largas historias de maltrato y abuso, en los que la violencia sexual fue parte de las agresiones; de hecho, de acuerdo a los informes periciales, en al menos 10 de los 66 femicidios ocurridos en el 2007, el femicida violó a la mujer antes de matarla.

La violencia sexual está presente desde la infancia en la vida de las mujeres. De acuerdo al Informe de la Asociación Chilena Pro Naciones Unidas – ACHNU de noviembre 2006 sobre la situación de la infancia en Chile:

• Las víctimas de delitos sexuales son principalmente niñas (82.9%).
• Las agresiones sexuales son cometidas en un 97% por hombres.
• Un 95% los agresores sexuales son conocidos por el niño o la niña.
• El 37.5% de los agresores son familiares directos de las niñas y niños (padre, tíos, abuelos, primos).
• En el 27.9% de los casos la agresión se produjo en el domicilio de la víctima; en el
23.5% de los casos la agresión se produjo en el domicilio del agresor, y en el 8.3% en el domicilio de ambos.

La violencia sexual es una de las formas más invisibilizada de violencia contra las mujeres. De hecho, sólo un 20% de las agresiones sexuales se denuncia. Muchas veces no se identifican como tales y se perciben como algo “natural”: miradas intimidatorias y hostigamiento sexual en las calles o en el transporte público, solicitud de “favores sexuales” en el trabajo o en la escuela, abuso sexual en la familia, violación por la pareja, la publicidad que promueve el consumo y abuso de los cuerpos de las mujeres y la violencia sexual. Todo esto forma parte del contexto cultural que sostiene el femicidio.

Insuficiencia de la legislación. Evaluación de riesgo deficitaria. Ineficacia de los mecanismos de protección a las mujeres.

Ante la conmoción generada en la sociedad chilena en 2007 por los brutales asesinatos de mujeres a manos de hombres en quienes ellas supuestamente confiaban o de desconocido que las violaron y asesinaron, quedaron en evidencia las insuficiencias y limitaciones de la actual legislación para proteger la vida de las mujeres: en 7 de los 62 femicidios reportados durante 2007, el femicida era el pololo de la mujer asesinada, relación no contemplada en la ley VIF modificada en 2005. Es decir, las mujeres asesinadas por sus pololos - tipo frecuente de femicidio- no contaron con ninguna protección jurídica, la ley no alcanza para ellas.

De los 42 femicidios ocurridos en lo que va de 2008, al menos en 16 de ellos las mujeres habían denunciado ante los organismos competentes la violencia que sufrían por parte de sus parejas sin que por ello se decretara una medida de protección oportuna, y fueron asesinadas. En 7 de los casos, las mujeres asesinadas en 2008 contaban con una medida cautelar que prohibía el acercamiento del agresor a la mujer, y fueron igualmente asesinadas.

Estos hechos ponen en cuestión la calidad de la actual evaluación del riesgo vital en que se encuentran las mujeres que denuncian, la oportunidad y celeridad con que se decretan medidas cautelares y su eficacia.

La exigencia que el sistema pone a las mujeres en riesgo vital para acceder a una casa de acogida – ser derivadas a estas por instrucción de la fiscalía- dificulta el acceso a un mecanismo de protección que en una situación de riesgo puede salvarle la vida. Esto explicaría la paradoja que mientras tantas mujeres son asesinadas, varios de estos refugios se encuentran ocupados muy por debajo de su capacidad instalada.


Información y sistemas de registro.
Visibilidad/Invisibilidad de la violencia contra las mujeres.

El número de denuncias por Violencia Intrafamiliar desde el año 2001 en adelante ha aumentado en forma creciente. El informe de Estadísticas de denuncias y detenciones por delitos de mayor connotación social y violencia intrafamiliar del Ministerio del Interior, Carabineros de Chile reporta las siguientes cifras:

2001
60.769
2002
68.031
2003
78.948
2004
87.697
2005
93.404
2006
95.829
2007
108.538

(División de Seguridad Pública. Ministerio del Interior, “Frecuencia de denuncias por delitos de violencia intrafamiliar”, www.seguridadciudadana.gob.cl/filesapp/Frecuencias_VIF_ANUAL_2001_2010w.xls

De las 108.538 denuncias VIF efectuadas ante Carabineros de Chile en 2007, el 90.5% corresponde a mujeres, proporción que se ha mantenido en forma constante desde el 2001.

Sin embargo, los delitos de mayor connotación social se publican sin información acerca del sexo de las víctimas, factor clave para conocer la magnitud de la violencia que afecta a las mujeres y su relación con los asesinatos. Esto es particularmente relevante en los delitos de lesiones, violación y homicidio, que además no identifican cuando estos son cometidos en el contexto de las relaciones intimas de las mujeres, familiares u otras.

Por su parte, la información sobre el número de denuncias de VIF se entrega como un dato global sin identificar el tipo de agresiones que se denuncia - violencia sexual, física, sicológica o económica. Todo esto aumenta la invisibilidad de la violencia contra las mujeres y retarda la definición de políticas orientadas a su prevención, sanción y erradicación. Las actuales políticas de seguridad pública y el combate a la delincuencia no identifican a los violadores y golpeadores de mujeres como delincuentes habituales.

La ausencia de una comprensión integral de la violencia contra las mujeres desde una perspectiva de derechos, que considere sus distintas manifestaciones y las conexiones entre estas como parte del mismo fenómeno, refuerza la impunidad de los agresores y la falta de justicia para las mujeres.

¡Callar es ser cómplice! ¿Qué harás tu?, súmate a la campaña nacional contra la violencia a la mujer ¡Cuidado! El machismo mata. Lanzamiento campaña 2008 jueves 24 a las 20:00 horas. Plaza Colon.

lunes, 21 de julio de 2008

Convocatoria ¡CUIDADO! EL MACHISMO MATA 2008


Con el memorial a las victimas de femicidio en Chile (2007-2008) se desarrollara el lanzamiento de la campaña ¡ Cuidado el machismo mata!.

Red chilena contra la violencia domestica y sexual junto a la Coordinadora de la mujer indígena rural y urbana de la región Arica - Parinacota, Servicio de paz y justicia (SERPAJ), Red Interquorum Arica, Red de Organizaciones de Mujeres Arica - Parinacota, Juntos por la vida, Red de Mujeres Afrodecendientes Arica – Parinacota, Organización de Mujeres Wawanakasa, BRIGAY, Juventud comunista, Juventud socialista, Cultura en movimiento, Colectivo de Espiritualidad Matrística Lilith, Casa de encuentro de mujer (CEDEMU), Agrupación en la cima del sol, Oficina Comunal de la Mujer y la Familia y INJUV. Te invitamos a sumarte este Jueves 24 a las 20:00 horas. En la Plaza Colon.

EL MACHISMO MATA
Hace un año, al inicio de la campaña ¡CUIDADO! EL MACHISMO MATA en julio de 2007, la Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual junto a muchas organizaciones a nivel nacional denunció la ocurrencia de 300 femicidios en un período de seis años y medio (entre 2001 y 2007). En el último año y medio más de 100 mujeres han sido asesinadas: 62 en 2007 y 42 en lo que va de 2008.


En la mayoría de los 62 femicidios ocurridos en 2007, el agresor era pareja o ex pareja de la víctima y los antecedentes muestran que estos asesinatos fueron la culminación de largas historias de maltrato y abuso, en los que la violencia sexual fue parte de las agresiones; de hecho, de acuerdo a los informes periciales, en al menos 10 de los 62 femicidios ocurridos en el 2007, el femicida violó a la mujer antes de matarla.


En los 42 femicidios ocurridos en 2008, al menos 15 mujeres habían denunciado ante los organismos competentes la violencia que sufrían por parte de sus parejas. A 6 de ellas se les había otorgado una medida cautelar que prohibía el acercamiento del agresor a la mujer. BASTA de impunidad. El FEMICIDIO es expresión extrema de violencia contra las mujeres, resultado de la descalificación, el maltrato, el abuso y la violencia sexual como formas de poder sobre las mujeres.


Exigimos:


ACCESO A LA JUSTICIA PARA LAS MUJERES:


Medidas eficaces y oportunas para proteger sus vidas, y sanción para los agresores. Tipificación del delito de femicidio y máxima sanción para los delincuentes femicidas y violadores de mujeres.Repudio a la cultura machista. ¡Alto al femicidio! ¡Alto a la violencia sexual! ¡Callar es ser cómplice!


¡Callar es ser cómplice! Súmate a la campaña ¡CUIDADO! EL MACHISMO MATA

Mayor información: nomasviolenciacontralasmujeres@gmail.com

Coordinadora Regional: Hortencia Hidalgo hortenciahidalgo@gmail.com

jueves, 17 de julio de 2008

Presentan Ley Marco sobre Salud y Derechos Sexuales y Reproductivos



La moción reconoce el derecho de las personas a tomar decisiones libres sobre la procreación y a recuperar la fertilidad cuando no se ha obtenido por falta de tratamientos adecuados.



El proyecto, suscrito por diputados de gobierno y oposición, establece un marco para que el Estado asuma su responsabilidad en relación a la salud y los derechos sexuales y reproductivos de mujeres y hombres. Entre otros puntos, reconoce el derecho de las personas a decidir por sí mismas, si tener o no hijos, cuántos y cuándo.


La moción (Boletín 5933) pertenece a las diputadas María Antonieta Saa y Adriana Muñoz, y a los diputados Enrique Accorsi, Juan Lobos, Osvaldo Palma, Alberto Robles, Fulvio Rossi y Gabriel Silber.


Antecedentes


En sus considerados, el proyecto señala que la salud sexual ha sido definida por la OMS como la integración de los aspectos somáticos, emocionales, intelectuales, sociales y culturales del ser sexual, de manera de enriquecer positivamente y fortalecer la personalidad, la comunicación y el amor.


Además, es la capacidad que tienen mujeres y hombres de disfrutar y expresar su sexualidad, sin coerción, violencia, ni discriminación y sin riesgo de adquirir infecciones transmitidas sexualmente y/o de tener embarazos no planificados o no deseados. Supone tener relaciones sexuales sin riesgos y tener acceso a educación sexual y servicios de salud integrales.
En tanto, la salud reproductiva es la condición en la cual se logra el proceso reproductivo en un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente ausencia de enfermedades y dolencias. Incluye el derecho de acceder a la información, a los métodos de regulación de la fertilidad y a servicios de salud integrales.


Esto implica que las personas o las parejas puedan decidir libremente tener hijos, cuántos y cuándo, y que puedan disfrutar de relaciones sexuales sanas, felices y voluntarias.


Contenido del proyecto


El texto, remitido para su estudio a la Comisión de Salud, señala que el Estado, a través de sus órganos, deberá promover e impulsar una educación no discriminatoria, y que promueva la equidad de género.


Las políticas públicas, normas, programas, servicios y acciones sobre sexualidad y reproducción deberán siempre promover relaciones de respeto mutuo e igualdad entre hombres y mujeres.


Se prohíbe toda forma de discriminación en el ejercicio de estos derechos, entendiéndose como tal cualquier distinción, exclusión, restricción o preferencia arbitraria, por acción o por omisión, basada en la raza, color, origen étnico, edad, sexo, género, religión, creencia, opinión política o de otra índole, nacimiento, origen nacional, cultural o socioeconómico, idioma o lengua, estado civil, orientación sexual, enfermedad, discapacidad, estructura genética o cualquiera otra condición social o individual.


No a la discriminación en colegios
En particular, se prohíbe la discriminación contra las y los jóvenes en edad escolar a causa de la maternidad o paternidad, según se establece en la Ley Orgánica Constitucional de Educación.


También se reconoce el derecho de las personas a tomar decisiones libres sobre procreación y se reconoce el derecho de mujeres y hombres a recuperar la fertilidad cuando ésta no se ha conseguido por falta de información y/o por falta de tratamientos adecuados.


Lo anterior implica la promoción de servicios en salud sexual y reproductiva destinados a las personas en todo su ciclo vital, incluidas/os las y los adolescentes.
Los servicios deben entregar atención prenatal, atención del parto, cuidados post-natales; prevención y tratamiento de las infecciones de transmisión sexual y VIH/SIDA; prevención y tratamiento adecuado de la infertilidad; prevención y tratamiento adecuado del cáncer cérvico uterino, de mama, de testículo y de próstata; prevención del embarazo no planeado o no deseado; acceso libre a los mecanismos de anticoncepción de cualquier naturaleza; atención de calidad, humanitaria, confidencial y digna en el tratamiento de las complicaciones del aborto y sus efectos en la salud de las mujeres; orientación y consejería en regulación de la fertilidad post aborto y servicios multidisciplinarios adecuados para la menopausia y la tercera edad.
No a la esterilización forzadaLa esterilización femenina y masculina sin el consentimiento de la persona o supeditada al consentimiento de terceros y el uso forzado de anticonceptivos son actos discriminatorios y de violencia que constituyen violaciones a los derechos humanos, por lo que dichos actos deben ser prohibidos y eliminados.


Ninguna persona con discapacidad mental podrá ser esterilizada sin su consentimiento, salvo autorización judicial o las excepciones contempladas en el ordenamiento jurídico vigente.


Sin perjuicio de las demás responsabilidades en que pudieren incurrir los órganos o personas involucradas.


Jueves 17 de Julio de 2008


martes, 15 de julio de 2008

NUESTRO CUERPO, NUESTRA VIDA, NUESTROS DERECHOS



Movimiento de Mujeres por la Defensa de la Anticoncepción


DEFENDAMOS EL ACCESO AMPLIO Y LIBRE A LA ANTICONCEPCION


Las mujeres chilenas exigimos que se respete nuestro derecho a contar con anticoncepción moderna y eficaz para regular la fecundidad y poder decidir libremente cuándo tener hijos e hijas, o a no tenerlos.


Este derecho humano básico está hoy amenazado en Chile por la acción de grupos conservadores y fundamentalistas ligados a la alta jerarquía de la Iglesia Católica, los que se han arrogado el papel de conductores morales de la sociedad chilena. Esto coloca en entredicho la vigencia del Estado Laico, y obstaculiza las decisiones técnicas y programáticas que el Estado implementa a favor de la ciudadanía diversa


Las Normas Nacionales de Regulación de la Fertilidad del Ministerio de Salud, que hoy enfrentan un recurso de inconstitucionalidad en el Tribunal Constitucional presentado por un grupo de parlamentarios que se autocalifican "por la vida", constituye un gran avance para responder a las desigualdades e inequidades en el goce del derecho a la salud que por tantos años han afectado a las capas más pobres de la población, y en especial a las adolescentes, muchas veces discriminadas de la atención de salud sexual y reproductiva.


Aborda problemáticas como el embarazo adolescente, las maternidades precoces, las infecciones de transmisión sexual incluyendo el VIH/SIDA, la prevención de abortos inseguros, entre otras cosas. Y desde una perspectiva técnica, ética y plural, ofrece respuestas coherentes que permitirán avanzar a su solución.


En consecuencia, es inadmisible que los sectores conservadores ya mencionados pretendan erigirse en dueños de la verdad y de una moral única para todas las chilenas y chilenos, y decidir cuándo una persona puede o no usar un anticonceptivo, cuál de ellos, o cuándo tener hijos e hijas. Nadie les ha otorgado esa autoridad, que solo corresponde a cada persona en su calidad de sujeta de derechos.


Por lo tanto, el acceso a la anticoncepción en Chile, incluyendo las píldoras hormonales, la anticoncepción de emergencia, los dispositivos intrauterinos, los condones, entre otros, debe ser defendido activamente como un derecho universal que se expresa en libertad, autonomía y dignidad.

Que el miedo no te paralice: ¡DENUNCIA!



Llama al 149 atendido por Carabineros gratis desde red fija y celulares en todo el país.

He aquí algunas importantes respuestas que toda mujer debe conocer sobre el maltrato y la violencia intrafamiliar:

¿Cómo denunciar la violencia en el espacio intrafamiliar (VIF)?
Puedes hacer la denuncia en juzgados de familia, Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones. En caso de lesiones, amenazas de muerte o violación, puedes denunciar directamente en la Fiscalía o Ministerio Público.


¿Es necesario contar con pruebas o documentos para denunciar?
No. Para hacer este trámite no es necesario contar con un documento que certifique la agresión. Basta con el testimonio de la víctima para cursar la denuncia.


¿Quién puede realizar la denuncia?
La víctima o cualquier persona que conozca los hechos, sea un familiar, una amiga, una vecina o vecino.

En el año 2006 se denunciaron 14.688 delitos sexuales en Chile, lo que equivale a 40 delitos sexuales diarios, uno cada 36 minutos. La mayoría de estos delitos son cometidos por hombres contra mujeres y niñas.


¿Puedes denunciar si no estás viviendo con el agresor?
Sí. Puedes realizar denuncias contra de tu marido o ex marido, conviviente o ex conviviente. Incluso puedes denunciar a tu pololo o ex esposo o ex pololo, siempre y cuando existan hijos/as en común.

La Ley VIF también protege al padre y a la madre de la violencia ejercida por los hijos, a los hijos e hijas que son agredidos por sus padres, o a cualquier miembro de la familia que sea agredido por un tío, hermano, cuñado, suegro, nieto y/o abuelo.


¿Qué tipo de medidas de protección puede dictar él o la jueza?
El Juez o Jueza tiene el deber de otorgar medidas de protección a la víctima, como las siguientes:
o Prohibir, restringir o limitar la presencia del agresor en el hogar común.
o Ordenar el reintegro al hogar de quien injustificadamente haya sido obligado/a a abandonarlo.
o Prohibir o limitar la presencia del ofensor en el lugar de trabajo de la denunciante.
o Prohibir a quien ejerce la violencia acercarse al establecimiento educacional donde asisten sus hijo/as.
o Prohibir al agresor portar armas de fuego.


¿Cómo actuar si el agresor no respeta la medida de protección decretada por el juez o jueza?

Es importantísimo llamar a Carabineros, ya que ellos tienen la obligación de detener al agresor que incumpla las órdenes del Tribunal de Familia o del Fiscal que investigue el caso. Es recomendable tener a mano una copia de la resolución judicial que indica la medida de protección para mostrársela a Carabineros y agilizar su trabajo.

El juez o jueza podrá ordenar el arresto hasta por 15 días del agresor que incumpla las medidas de protección. Mientras, envía los antecedentes al Ministerio Público para que éste sancione al agresor con una pena de cárcel que puede ir de 541 días a cinco años y un día, dependiendo del caso.

¿Qué pasos siguen a la denuncia por Violencia Intra Familiar (VIF) en el JUZGADO DE FAMILIA?

Una vez presentada la denuncia en los Tribunales de Familia, existen dos pasos fundamentales: la AUDIENCIA PREPARATORIA y la AUDIENCIA DE JUICIO.

En la AUDIENCIA PREPARATORIA el juez o jueza cita a al agresor y la víctima. En esta oportunidad la mujer violentada debe contarle al juez o jueza lo sucedido y ofrecer pruebas. Ojo, no presentar las pruebas, sino incluirlas en el proceso. El juez o jueza puede, asimismo, solicitar las pruebas que estime conveniente.

Si el Tribunal de Familia estima que está en presencia de Maltrato Constitutivo de Violencia Intrafamiliar, las partes serán citadas a una AUDIENCIA DE JUICIO donde se presentarán las pruebas para corroborar lo dicho en la denuncia y se dictará la sentencia.

Si el juez o la jueza determina que se está en presencia del Delito de Maltrato Habitual, que tiene que ver con el número de agresiones, así como con la proximidad temporal de las mismas, los antecedentes del caso serán enviados al Ministerio Público, donde continuará la investigación y se dictará la sentencia.

¿Necesitas un abogado/a para presentar la denuncia ante el JUZGADO DE FAMILIA?


NO. Puedes presentar la denuncia sin abogado. Pero si en la audiencia preparatoria, el demandado se presenta con abogado, puedes pedir que se suspenda la audiencia y que nombren a un abogado para asegurar igualdad de condiciones ante la jueza o juez.

¿Qué pruebas necesitas para el juicio por Violencia Intrafamiliar ante el JUZGADO DE FAMILIA?


Videos, constatación de lesiones (entregadas en los servicios de salud), informes psicológicos, informes sociales y/o declaraciones de testigos. Puede atestiguar cualquier persona que conozca o haya visto el maltrato o sus efectos, no importando la relación que tenga con la víctima. Familiares, amigos o vecinos pueden testificar.

¿Cuál es la sanción al Maltrato Constitutivo de Violencia Intrafamiliar?


Una multa que va de media Unidad Tributaria Mensual (16.000 pesos) a quince UTM (480.000 pesos) que irá en ayuda de los centros de atención a víctimas de VIF. Además, se podrán decretar MEDIDAS ACCESORIAS para la protección de la víctimas que regirán por un mínimo de seis meses y un máximo de un año, pero que podrán extenderse si así se lo solicita al juez.

Las MEDIDAS ACCESORIAS son las mismas MEDIDAS DE PROTECCIÓN:

o Prohibir, restringir o limitar la presencia del agresor en el hogar común.
o Ordenar el reintegro al hogar de quien injustificadamente haya sido obligado/a a abandonarlo.
o Prohibir o limitar la presencia del ofensor en el lugar de trabajo de la denunciante.
o Prohibir a quien ejerce la violencia acercarse al establecimiento educacional donde asisten sus hijo/as.
o Prohibir al agresor portar armas de fuego

Si el agresor intenta quebrantar las MEDIDAS ACCESORIAS puede ser encarcelado, tal como ocurre si rompe las medidas de protección.

CAMPAÑA NACIONAL ¡CUIDADO! EL MACHISMO MATA
SI TOCAN A UNA, TOCAN A TODAS

FOTOS 2007

Algunas fotografías del lanzamiento de la campaña ¡Cuidado El machismo mata! 2007.

FEMICIDIO



El FEMICIDIO es la expresión más extrema de violencia contra las mujeres. Es el resultado de la descalificación, el abuso y la violencia como formas de poder sobre las mujeres. Estos hechos han sido denunciados en Chile por el movimiento de mujeres y feminista y, en particular, por las organizaciones integrantes de la Red Chilena contra la Violencia Doméstica y Sexual que han sostenido acciones y campañas permanentes destinadas a identificar estos crímenes

El año 2007 comenzamos en nuestra región Arica – Parinacota a ser parte activa de la de la campaña ¡Cuidado El machismo mata! y trabajar en conjunto con la Red Chilena contra la violencia domestica y sexual.

Te invitamos a participar y unirte a la campaña 2008. Puedes escribirnos a nomasviolenciacontralasmujeres@gmail.com o comunicarte con la coordinadora regional Hortencia Hidalgo a hortenciahidalgo@gmail.com

Algunas informaciones de la campaña 2007